miércoles, 2 de enero de 2013

El 2 de Enero de 2013 entra en vigor la Instrucción de horarios de trabajo para los empleados públicos de la AGE

-Se permite que 5 días de las vacaciones anuales se puedan disfrutar  como días de libre disposición, al igual que los  tres moscosos restantes.

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publicó en el BOE del 29 de noviembre la Instrucción de trabajo y horarios del personal al servicio de la Administración General del Estado (AGE) que en general ha sido bien recibida, una vez asumida la pérdida de días  libres y la ampliación de la jornada anual del año 2012. Por primera vez en mucho tiempo, la redacción de una intrucción de este tipo está marcada por criterios de eficiencia y sentido común "europeo". 

La jornada laboral de todos los empleados públicos se mantiene en 37,5 horas  semanales, 7,5 horas díarias de media. La nueva jornada anual de los empleados públicos de la AGE -así como la de los empleados públicos de las restantes administraciones públicas-  se establece en 1.664 horas anuales, al verse incrementado el cómputo anual como consecuencia de la aplicación del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 julio pasado,  que redujo el número de días libres (los moscosos pasaron de 6 a 3 y los canosos desaparecieron).

 -La jornada diaria podrá realizarse de forma continuada o partida, con una pausa de 30´ y flexibilidad en la entrada y salida. La parte rígida de la jornada será de 9,30 a 14 horas y el resto permite confeccionarse a interés del  empleado público. También se contemplan las situaciones de familiares a cargo, respetando el contenido del plan Concilia.

-Quizás donde más se ha avanzado es el tema de las vaciones anuales, 22 dias hábiles.  Con la nueva instrucción, al menos la mitad de las vacaciones habrán de ser disfrutadas entre el 15 de junio y el 15 de septiembre y el resto se flexibiza hasta final de año, favoreciendo la conciliación y la autorganización. Hasta cinco de esos días se "convierten" en una especie de moscosos.

-La interrupción mínima para la comida, en la jornada de mañana y tarde, se fija en media hora (antes una hora). Según el ministerio, "Al reducirse ese margen, se facilita que la jornada finalice, los días que el empleado precise utilizar menos tiempo para la comida, media hora antes, a fin de acercarnos progresivamente a horarios europeos más racionales".

Bajas médicas
La instrucción de Hacienda hace especial hincapié en el cumplimiento horario diario y para ello detalla los trámites para los casos de ausencia por enfermedad -IT- que también plantea novedades más ventajosas -hasta cuatro días sin recorte salarial- en otra orden de Hacienda publicada en el BOE el 29 de Diciembre y que desarrolla lo previsto para bajas médicas de los empleados públicos la Ley de Presupuestos GE para 2013 (Ley 17/2012).

Aunque esta instrucción de trabajo no afecta a los empleados públicos de las CC.AA y corporaciones locales, que suponen las 4/5 partes del total de la fúnción pública española, es posible que sirva de referencia para confeccionar sus  calendarios laborales futuros.

-Ojalá que para posteriores ejercicios elcalendario anual  de cada departamento  pueda entrar en vigor el 2 de enero ya que el de 2013  puede demorarse hasta el 28 de febrero,  previa negociación sindical.


Acceso a la Instrucción

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