jueves, 2 de mayo de 2013

El Gobierno de Navarra aprueba un proyecto de ley para el controlar el patrimonio de los cargos públicos

Afectará  a cargos del gobierno foral, alcaldes y concejales de los grandes municipios navarros
 Revista de Prensa. Europa Press , 30 Abr.  La Cámara de Comptos podrá requerir las declaraciones de bienes y actividades de los cargos públicos (las presentadas en el momento del nombramiento, las sucesivas y la de finalización del mandato) y podrá recabar información fiscal o bancaria complementaria, para realizar la función de control sobre el patrimonio de los cargos.
El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de este martes el proyecto de Ley Foral de fiscalización de la evolución patrimonial de los cargos públicos de Navarra (miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración foral), que incorpora nuevos mecanismos de control y fiscalización a las medidas de publicidad de las retribuciones, actividades y bienes ya en vigor. La medida se extiende a los alcaldes de municipios de más de 5.000 habitantes y concejales de municipios de más de 10.000.
Tal y como adelantó el Ejecutivo foral tras la sesión celebrada el pasado 17 de abril, la Cámara de Comptos asumirá esta función, novedosa hasta ahora en su ámbito competencial, dado que corresponde a este órgano fiscalizar los fondos de origen público, caso de los ingresos de los altos cargos.
Su actuación se centrará en comprobar si las variaciones del patrimonio se adecuan a los ingresos obtenidos y patrimonio a la legalidad vigente, con el objeto de despejar "cualquier duda de procedencia ilícita" o irregular de los fondos, según señala la exposición de motivos.
El proyecto de Ley Foral establece la obligación de colaboración en la entrega de documentación, en especial de la siguiente: declaraciones de renta y patrimonio; extractos y movimientos bancarios, de entidades de crédito y de instituciones financieras con las que el alto cargo tenga contrato; y documentación acreditativa de transacciones económicas relevantes con terceros, incluidos particulares.

Contra la sensación de impunidad 
El proyecto de Ley Foral establece un "control exhaustivo que contribuirá a prevenir conductas irregulares o enriquecimiento injusto de los cargos públicos, dotando de garantías a la ciudadanía sobre el comportamiento transparente de sus políticos, reduciendo la posibilidad de irregularidades y desvirtuando, a la par, cualquier sensación de que existan caminos de impunidad".
El proyecto también establece la obligación de colaboración en la entrega de documentación (artículo 5); los mecanismos (artículo 7) que garantizan los derechos de los cargos fiscalizados (contradicción y revisión de indicios, alegaciones, etc); y las consecuencias derivadas del incumplimiento de sus obligaciones de colaboración (artículo 6), que serán la comunicación de la situación al Gobierno de Navarra o al ayuntamiento, según corresponda, y la inclusión de esta circunstancia en el informe anual.
El 'informe anual' (artículo 8) sobre el resultado global de las fiscalizaciones recogerá: relación de cargos fiscalizados, calificación obtenida en el informe individual y relación de incumplimientos. Asimismo, sin identificar a los cargos, se relacionarán los casos en los que se haya comunicado posibles irregularidades a autoridades administrativas o jurisdiccionales.
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Comentario y análisis de Antonio Arias. Fiscalización.es

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