lunes, 17 de abril de 2017

El Gobierno bloquea la contratación irregular en el sector público de empleados temporales

Prohíbe a las administraciones convertir contratos laborales eventuales en indefinidos no fijos a través de una disposición en los Presupuestos

Revista de prensa. La Razón.- A pesar del histórico acuerdo suscrito con las organizaciones sindicales a finales de marzo para poner fin en España a la interinidad de los trabajadores en la Administración Pública y convertir en fijos a cerca de 250.000 empleados que se encuentran en dicha situación, el Gobierno no las tiene todas consigo.

En el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado de este año que empezará a debatir el Congreso de los Diputados ha incluido una “cláusula” para evitar que autonomías, ayuntamientos y la propia Administración del Estado “trampeen” las reglas establecidas y propicien el desembarco en calidad de trabajadores interinos, mediante un contrato indefinido no fijo, de trabajadores laborales que ya venían desempeñando tareas como tales para la administración.

En concreto, en el punto 2 de la disposición adicional trigésimo quinta de las cuentas proyectadas para este año, el Ejecutivo subraya que los órganos competentes en materia de personal en cada una de las administraciones públicas y en las entidades que conforman su sector público instrumental “velarán para evitar cualquier tipo de irregularidad en la contratación laboral temporal que pueda dar lugar a la conversión de un contrato temporal en indefinido no fijo”.

Además, añade que “los órganos de personal citados no podrán atribuir la condición de indefinido no fijo a personal con un contrato de trabajo temporal, ni a personal de empresas que a su vez tengan un contrato administrativo con la Administración respectiva, salvo cuando ello se derive de una resolución judicial”. A continuación, remarca que “las actuaciones irregulares en la presente materia darán lugar a la exigencia de responsabilidades a los titulares de los órganos referidos en el apartado segundo, de conformidad con la normativa vigente en cada una de las administraciones”.

Servicios de empleo
La disposición alude, según fuentes gubernamentales, a trabajadores contratados por diversas administraciones “en fraude de ley” para una función concreta y que luego pasan a realizar otra distinta, algo que sucede de forma especial en comunidades como Andalucía y, más en concreto, en los servicios públicos de empleo y en comedores escolares. Generalmente, la Justicia termina reconociendo a este tipo de empleados su labor dentro de la administración y los engloba dentro de una figura creada “ad hoc”, la de interinos no fijos, lo que significa que son indefinidos hasta que la Administración saca a concurso su plaza. Fuentes sindicales indican que sólo en Andalucía la cifra de personas en esta situación podría superar las 2.000, elevándose a miles en toda España.

La medida, según las mismas fuentes, afecta también a algunas decisiones que están tomando ayuntamientos y comunidades autónomas gobernadas por la izquierda, relativas a la reversión de concesiones o a la gestión directamente pública de servicios que venían realizando para la Administración empresas externas. Es el caso, por ejemplo, de la gestión de residuos, tareas de limpieza o atención hospitalaria como la que presta desde hace casi 20 años una empresa privada en el Hospital de Alcira y en un área sanitaria de Valencia.

En función de la disposición incluida en los Presupuestos, los trabajadores que prestan dichos servicios en régimen laboral no podrían ser convertidos en indefinidos no fijos cuando la tarea que realizan sea ejercida de forma directa por la Administración.

La preocupación a que se extienda de nuevo la temporalidad irregular por esta vía en el sector público llevó a todos los firmantes del acuerdo contra la interinidad a incluir que las plazas de interinos no fijos que salgan en Ofertas de Empleo Público (OPE) no computen como tasa de reposición.

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