miércoles, 7 de junio de 2017

La administración podrá contratar a trabajadores de servicios públicos en procesos de remunicipalización

Lecturas. Novedad editorial. INAP. Nuevos tiempos para la Función Publica

Revista de prensa. Expansión. Los ayuntamientos y entidades locales podrán aceptar  trabajadores públicos durante procesos de remunicipalización, según una enmienda incorporada este miércoles a los Presupuestos Generales del Estado que elimina la prohibición que contemplaba el borrador.

Una enmienda transaccional pactada del proyecto del Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) aprobada este miércoles por el Congreso de los Diputados da marcha atrás con una prohibición incluida en el borrador del proyecto que impedía que los trabajadores afectados por procesos de remunicipalización de los servicios públicos pudieran ser contratados por la Administración Pública.

En virtud de la enmienda pactada por PP y PSOE de la que se hace eco Europa Press, Hacienda finalmente incluye una disposición que elimina el impedimento para que los empleados de una concesionaria cuyos servicios vuelven a ser competencia de la Administración puedan reincorporarse a su puesto como empleados públicos.

La supresión de organismos públicos autonómicos y locales fruto de los recortes durante la crisis económica ha provocado que muchos de estos trabajadores fijos que hubieran sido destinados en los mismos se incorporaran a la administración matriz. La prohibición amenazaba estas incorporaciones en sociedades que estuvieran amenazadas por el cierre o en procesos de liquidación. La redacción original suponía de un lado, que los entes locales tuvieran que afrontar despidos colectivos o dejar en la estacada a estos empleados. De otro lado, que el servicio municipalizado tendría que ser atendido con los efectivos públicos preexistentes y propios, mayoritariamente funcionarios públicos, o sea, mayor trabajo para unas plantillas sobrecargadas y presupuestos restrictivos.

El ministerio de Hacienda y Función Pública ha aceptado flexibilizar esta prohibición, con lo que estos trabajadores de empresas públicas, fundaciones y consorcios podrán integrarse en la Administración cuando estos servicios sean nacionalizados o remunicipalizados, en el caso de las entidades locales.

Lo que modifica Hacienda, concretamente, es la disposición 27 que contemplaba el borrador de los PGE, la cual impedía que los los trabajadores de estas empresas concesionarias que prestaban estos servicios públicos pudieran ser contratados por la administración.

Trabajadores de nuevo ingreso
Además, dicho texto contemplaba que los trabajadores que forzosamente debieran incorporar a la administración en cumplimiento de sentencias judiciales o "previa tramitación de un procedimiento que garantice los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad" -esto es, a través de un proceso de selección abierto-, se computasen como "personal de nuevo ingreso en el cómputo de la tasa de reposición de efectivos", con lo que la capacidad de los entes locales de incorporar nuevos trabajadores se recortaba ante la herencia de estos colectivos por fuerza de sentencias o procedimientos de consolidación.

La enmienda aprobada por el Congreso establece ahora que este tipo de incorporaciones "no se contabilizarán como personal de nuevo ingreso del cómputo de la tasa de reposición de efectivos".

La enmienda también incluye una nueva disposición para que la prohibición de incorporar a personal laboral fijo de empresas públicas, fundaciones y consorcios no se aplique al personal que se incorpore en procesos de remunicipalización que ya hayan sido aprobados a través de normas con rango de ley, siempre que éste personal haya sido seleccionado en un proceso de contratación abierto y meritocrático.

En otra modificación a las restricciones para contratar personal en las fundaciones del sector público "se excluye la aplicación de las limitaciones para contratar personal, funcionario o laboral, cuando éste cuente con un contrato fijo e indefinido, protegiendo los derechos correspondientes por la antigüedad del mismo".

A las fundaciones y consorcios participados mayoritariamente por las administraciones y organismos del sector público se les autoriza además a poder contratar personal propio de carácter indefinido con un límite del 50% de su tasa de reposición.


En definitiva, se pretende facilitar un balón de oxígeno a los entes locales para que puedan incrementar sutilmente las plantillas ante los vientos esperanzadores de recuperación de la crisis económica.

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